La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado de manera definitiva la pena de cuatro años de prisión impuesta a un futbolista, S.M. por un delito de abuso sexual cometido contra una mujer en julio de 2017. Los hechos tuvieron lugar en el interior de una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca en el municipio de Mojácar (Almería), lugar donde el condenado pernoctaba y viajaba junto a otros amigos.
La resolución judicial desestima íntegramente los veintinueve motivos del recurso de casación presentado por la defensa del deportista contra la resolución previa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Dicho órgano ya había ratificado la condena privativa de libertad fijada por la Audiencia Provincial de Almería, aunque rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por daños morales destinada a la víctima, confirmando asimismo la absolución de un amigo del jugador.
Confirmación de condena por abuso sexual y desestimación de recursos
El alto tribunal ha rechazado la pretensión de absolución del recurrente, quien alegaba haber actuado bajo un error vencible sobre el consentimiento de la víctima. Los magistrados detallan en el fallo que el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la mujer para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, los cuales interrumpió únicamente al percibir que continuar requería vencer una oposición mediante fuerza.
De este modo, el Tribunal Supremo subraya que la secuencia probada sustenta el conocimiento exigido por el tipo penal y rechaza la aplicación de cualquier error de representación. Del mismo modo, el tribunal ha desestimado el recurso planteado por la acusación particular, que solicitaba elevar la pena a ocho años por agresión sexual con penetración o a seis años por la pluralidad de actos, al concluir que los hechos probados no describen el uso de violencia instrumental ni permiten modificar la tipificación impuesta en las instancias anteriores.









