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San Jorge será el primer barrio en contar con su propio Consejo en Pamplona

El Ayuntamiento regulará la naturaleza, constitución, funciones, composición y funcionamiento de los Consejos de Barrio

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  • Civivox de San Jorge

San Jorge será el primer barrio de la ciudad de Pamplona que tenga su propio Consejo de Barrio. La Junta de Gobierno Local ha tenido conocimiento esta mañana del proyecto del Reglamento de Constitución y Funcionamiento de los Consejo de Barrios de Pamplona. Esta norma desarrolla el Reglamento de Participación Ciudadana para definir funciones, ámbito de actuación, funcionamiento y composición, entre otros aspectos, de los Consejos de Barrios. Los Consejos de Barrio facilitan la creación de espacios de debate y discusión con entidades de cada barrio y representantes de la ciudadanía activa de una manera más permanente y continua que los Foros de Barrio.  Por el momento, la única zona que ha iniciado la puesta en marcha del proceso para crear un Consejo de Barrio ha sido San Jorge. En el mes de marzo se realizó una sesión pública para presentar la propuesta de Consejo de Barrio y las sesiones participadas para su creación.

La concejala especial de Participación Ciudadana y Euskera, Aitziber Campión Ganboa, ha explicado esta mañana en rueda de prensa los detalles de un reglamento que consta de cuatro títulos, 22 artículos y una disposición final. Los Consejos de Barrio, junto a los Foros de Barrio, conforman, según el Reglamento de Participación Ciudadana, los órganos de participación territorial – auzogunea, órganos estables de participación ciudadana que canalizan, facilitan y fomentan la participación en la gestión de asuntos municipales (servicios, planes, programas, proyectos y actuaciones) que afectan a la zona en cuestión. 

Los Consejos de Barrio, debido a su territorialidad, se circunscriben a una parte concreta y delimitada de la ciudad, en este caso, uno o varios barrios. En Pamplona, hay ya establecidas unas concejalías de barrio que determinan esa territorialidad. La cercanía de tratar aspectos de un barrio, la apuesta por la participación ciudadana y la regulación de los mecanismos y funciones de un Consejo de Barrio, posibilita una toma de decisiones más consensuada, si bien se debe tener en cuenta que la última decisión corresponde a los órganos de gobierno municipales.

En cuanto a la tramitación de este Reglamento de Constitución y Funcionamiento de los Consejo de Barrios, la propuesta se publicará en la webs municipales, www.pamplona.es, y en la de Participación y se abrirá entonces un periodo de 10 días para recoger aportaciones. Tras este periodo, el texto se aprobará en Junta de Gobierno Local. Cumplido este trámite, el proyecto normativo irá a comisión de Asuntos Ciudadanos para su debate y posterior aprobación en Pleno.

Funciones y competencias de los Consejos de Barrio

La naturaleza esencial del Consejo de Barrio es el análisis y la coproducción de políticas municipales entre el Ayuntamiento de Pamplona y agentes clave de la zona delimitada por el consejo, en torno a asuntos municipales que afectan a la vida cotidiana de su ciudadanía. Las atribuciones de los Consejos de Barrio son fundamentalmente de carácter informativo, consultivo y propositivo. Por tanto, los Consejos de Barrio podrán elaborar los estudios, propuestas y sugerencias que estimen convenientes para la búsqueda de posicionamientos conjuntos, tanto a iniciativa propia como a solicitud de otros órganos municipales. 

En definitiva, la función del Consejo de Barrio pasa por coordinar, organizar e impulsar los trabajos necesarios para conseguir los objetivos del órgano de participación. Además de las delegadas por el Foro de Barrio, tendrá competencia para recibir información y poder trasmitirla a los colectivos ciudadanos y al vecindario de todo aquello que afecta directamente a su barrio (competencia informativa); para ser consultados por parte del Ayuntamiento para conocer de primera mano las opiniones de la ciudadanía y colectivos que actúan en el barrio (competencia consultiva); o para que, en determinados aspectos importantes que afecten al barrio, como planes urbanísticos y dotaciones significativas, realicen un informe (competencia preceptiva). 

La cuarta competencia tiene que ver con la gestión participada de la ciudadanía en aquellos campos previamente decididos y aprobados por el Ayuntamiento, y que tengan referencia exclusiva a su entorno, como pudiera ser la colaboración e implicación en el funcionamiento de los equipamientos municipales o la coparticipación en la programación de actividades de los centros socioculturales y comunitarios.

Entre 15 y 30 vocalías y representación paritaria

La selección de las personas que forman parte del Consejo de Barrio se realizará atendiendo a los principios de pluralidad, diversidad e inclusión, de modo que se facilite la más amplia variedad de opciones. La composición de los Consejos de Barrio será paritaria por razón de sexo, con unos márgenes de representación entre el 40% y el 60%. El acuerdo de creación de cada Consejo de Barrio se aprobará en Pleno y determinará el número exacto de vocalías. Ese número no podrá ser inferior a 15 ni superior a 30, en función del número de habitantes, de la diversidad y las peculiaridades del movimiento asociativo de cada barrio.

Para las vocalías en representación de la ciudadanía activa (nombramientos nominativos) en el Consejo de Barrio, se establece un mínimo de 2 personas, elegidas conforme recoge el reglamento. Esas personas deben estar inscritas en el Registro Municipal de Ciudadanía Activa. Las entidades ciudadanas, para estar representadas, deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal. Así mismo, se reservarán dos ‘sillas vacías’ para dar cabida a plataformas o movimientos ciudadanos de carácter puntual o temporal. 

En función de los asuntos que se vayan a tratar, se podrá invitar a las sesiones a personal municipal o supramunicipal, así como a otras entidades o personas referentes en el barrio que tengan relación con la temática que se aborde. Esas personas tendrán voz, pero no voto.

Reuniones al menos tres veces al año

Cada Consejo de Barrio se reunirá al menos tres veces al año en un lugar accesible y en un horario con el que se pueda facilitar la compatibilización del trabajo productivo y de cuidados. Se podrán crear grupos de trabajo con la finalidad del estudio e informe de temas específicos. En los grupos de trabajo podrán participar las personas miembros del Consejo de Barrio y se podrán abrir a representantes de entidades y ciudadanía a título individual. Así mismo, se podrán crear grupos de trabajo interbarrios para abordar asuntos comunes o que afecten a más de un barrio.

Las materias objeto de debate en cada sesión se determinarán a propuesta municipal y/o a de sus miembros, siendo acordado el orden del día entre la Presidencia y Vicepresidencia del Consejo antes de ser convocado. Los asuntos a tratar contemplarán temas de interés para el barrio. Todos los temas serán analizados también desde una perspectiva de género.

Los informes y recomendaciones de los Consejos de Barrio serán de carácter público y tendrán carácter consultivo para los órganos municipales. Las actas de las sesiones, una vez aprobadas, estarán a disposición del vecindario y también en modo lectura fácil. Una vez que se hayan constituido tres consejos en diferentes barrios de Pamplona, se creará una Comisión de Seguimiento de los Consejos de Barrio, como órgano de coordinación.

Primeros pasos en San Jorge
 

El acuerdo de creación de cada Consejo de Barrio se llevará a cabo conforme estos se vayan constituyendo y será en ese acuerdo donde se determinará su zona de influencia. Por el momento, la única zona que ha iniciado la puesta en marcha del proceso para crear un Consejo de Barrio ha sido San Jorge. En el mes de marzo se realizó una sesión pública para presentar la propuesta de Consejo de Barrio y las sesiones participadas para su creación.

A partir de ahí, se constituyó un grupo de trabajo para elaborar un mapeo de agentes del barrio, sondear el potencial y la diversidad del barrio para sostener un órgano participativo y cocrear una propuesta de reglamento. En los meses de abril y mayo, se celebraron seis sesiones de trabajo dirigidas por personal técnico municipal y se ha establecido también una coordinación permanente para abordar con el Ayuntamiento de Pamplona aspectos legales para la creación de la norma y para el contraste de las aportaciones que ha hecho la ciudadanía.

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