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Condenado a 21 meses de prisión a un hombre por abusar y acosar a dos menores en unas piscinas de Pamplona

Los hechos ocurrieron en julio de 2022; la pena queda en suspenso tres años a condición de que el condenado no reincida y complete un programa de educación

  • Palacio de Justicia de Pamplona

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a un hombre de 52 años a 21 meses de prisión por realizar tocamientos a una niña de 14 años y acosar a ella y a un niño de 12 en unas piscinas municipales de Pamplona en julio de 2022. La sentencia, dictada de conformidad tras un acuerdo entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa, aprecia las atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas.

El 9 de julio de 2022, el condenado acudió con su hijo a unas piscinas municipales de la capital navarra, donde coincidió con los dos menores. A lo largo de toda la tarde mantuvo, según recoge la sentencia, "una actitud molesta y persistente" con ambos: los siguió a todas partes y les insistió en que se bañaran con él.

En un momento dado, tras insistir reiteradamente, consiguió que la niña accediera a que le enseñara a hacer volteretas en la piscina. Fue entonces cuando, "con ánimo lascivo y libidinoso y sin que ella hubiese consentido", la tocó en varias ocasiones en la cintura, los muslos, el glúteo y el pecho.

La condena

El tribunal le impone 18 meses de prisión por un delito de abuso sexual sobre menor de 16 años y otros 3 meses por un delito de acoso a ambos menores. Además, no podrá comunicarse ni acercarse a menos de 300 metros de la niña durante cinco años —12 meses en el caso del otro menor— y cumplirá una medida de libertad vigilada de cinco años una vez extinguida la pena de prisión.

En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la joven con 2.500 euros y al niño con 500 euros por daño moral, cantidades que el condenado ya había consignado antes del juicio, celebrado el pasado 27 de abril, lo que motivó la apreciación de la atenuante de reparación del daño.

La Audiencia ha acordado la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad durante tres años, a condición de que el condenado no delinca y complete un programa de educación sexual.

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