La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a 5 años de prisión a un hombre que violó a su expareja en septiembre de 2023.
Como recoge la sentencia, dictada de conformidad tras un acuerdo entre la fiscalía, la acusación particular y la defensa, los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual con penetración con la concurrencia de las atenuantes de trastorno mental por consumo de drogas y reparación del daño.
El condenado, natural de Portugal, de 34 años, no podrá comunicarse ni acercarse a la denunciante a menos de 300 metros durante 6 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 6. En concepto de responsabilidad civil, la indemnizará con 27.000 euros por el daño moral.
La sentecia dictada de conformidad recoge que durante unos 8 meses, entre 2011 y 2012, el encausado y la víctima mantuvieron una relación sentimental que se deterioró y se rompió. Ambos mantuvieron comunicación por WhatsApp y retomaron el contacto en marzo y abril de 2023.
Sobre las 17.30 horas del 21 de septiembre de ese año, quedaron para tomar un café. Posteriormente, el procesado le dijo que le iba a enseñar a derrapar, a controlar el vehículo con barro. Le llevó por el monte hasta un lugar donde había un recinto de ganado, donde estacionó su furgoneta de un modo tal que la mujer no podía abrir la puerta del copiloto.
Tras consumir cocaína y cerveza, le realizó tocamientos sin el consentimiento de ella. Finalmente, la violó en el interior del vehículo.
La sentenia recoge que la víctima padece una discapacidad del 53% debido a su limitación de la audición, de la fuerza física y pulmones. Como consecuencia de la agresión sexual, sufre síntomas de intrusión, evitación conductual y cognitiva, alteraciones cognitivas y estado de ánimo negativo, aumento de la activación y reactividad psicofisiológica, y se detecta un trastorno de estrés postraumático, por el que está recibiendo tratamiento psicológico y psiquiátrico.
Mientras, condenado presenta un trastorno por consumo de etanol y cocaína, de intensidad moderada; y un consumo perjudicial de cannabis, ambos en fase activa al tiempo de los hechos.
Hay que señar que previamente al juicio, celebrado el pasado 11 de diciembre, el 25 de noviembre el acusado consignó 27.000 euros para el pago de la responsabilidad civil a la perjudicada y otros 1.000 para abonar las facturas médicas como consecuencia de la asistencia médica a la víctima.
Por todo ello los magistrados han acordado la suspensión de la condena por un periodo de 5 años a condición de que el penado no delinca en dicho plazo; siga tratamiento de deshabituación y no lo abandone hasta la finalización del periodo de suspensión o, caso de ser anterior, el alta médica; realice un programa formativo en materia de igualdad, violencia de género y educación sexual, sobre el cual el tribunal deberá recibir cada tres meses informes sobre su evolución; y respete las prohibiciones de acercamiento y comunicación.








